CONSTITUCIÓN DE CONDOMINIOS
CONSTITUCIÓN DE CONDOMINIOS
Es una modalidad de la propiedad, en la que existirán varios dueños, cada uno de ellos con derechos de uso exclusivo (de un departamento, casa, oficina) y con los demás propietarios con derechos al uso común, sobre los elementos y partes del condominio que así se establezcan como podrían ser la caseta de vigilancia, los jardines, escaleras, etc.
Requisitos y documentación necesaria:
1. - Escritura de propiedad del inmueble en original.
2. - Manifestación de construcción tipo B o C y/o licencia de construcción especial en su caso, con sus respectivas autorizaciones de uso y ocupación; o a falta de éstas la constancia de regularización de construcción.
3. - La descripción de cada unidad de propiedad privativa; número, ubicación, colindancias, medidas, áreas y espacios para estacionamiento de uso exclusivo, si los hubiera e indiviso que le corresponde.
4. - El establecimiento de zonas, instalaciones o adecuaciones para el cumplimiento de las normas establecidas para facilitar a las personas con discapacidad, el uso del inmueble.
5. - El valor nominal asignado a cada unidad de propiedad privativa y su porcentaje de indiviso en relación con el valor total del inmueble.
6. - El uso y las características generales del condominio y uso y destino de cada unidad de propiedad privativa.
7. - La descripción de las áreas y bienes de uso común, destino, especificaciones, ubicación, medidas, componentes y colindancias y todos aquellos datos que permitan su fácil identificación, y en su caso, las descripciones de las áreas comunes sobre las cuales se puede asignar un uso exclusivo a alguno o algunos de los condóminos y, en este caso, las reglas para dichas asignaciones.
8. - Los casos y condiciones en que pueda ser modificada la escritura constitutiva del régimen del condominio y el reglamento interno.
9. - La obligación de los condóminos de contratar póliza de seguro, con compañía legalmente autorizada para ello (terremoto, inundación, explosión, incendio y con cobertura contra daños a terceros), cubriéndose el importe de la prima en proporción del indiviso que corresponda a cada uno de ellos.
10. - El reglamento interno del condominio, el cual no deberá contravenir las disposiciones de la Ley del Régimen de Propiedad en Condominio, su reglamento y otros ordenamientos jurídicos aplicables.
11. - Las memorias técnicas, planos generales y los planos tipo de cada una de las unidades de propiedad privativa, correspondientes a las instalaciones hidráulicas, eléctricas, estructurales, gas y áreas comunes cubiertas y descubiertas, así como jardines, estacionamiento, oficinas, casetas, bodegas, subestaciones y cisternas.
12. - Boletas y recibos de pago por servicio de agua del inmueble (últimos cinco años).
13. - Boletas y recibos de pago de impuesto predial (últimos cinco años).
14. - Acta de matrimonio de los otorgantes.
15. - Identificación oficial de los otorgantes (credencial de elector, pasaporte, cédula profesional).
16. - Cédula del Registro Federal de Contribuyentes de las partes (RFC).
17. - Clave Única de Registro de Población de las partes (CURP).
      18. - Si alguna de las personas que intervengan en la operación es extranjera, deberá acreditar su legal estancia en el país con su FM2, FM3 o tarjeta de residencia.
      19. - En caso de acudir en representación de una persona física o moral, presentar poder notarial.
      20. - Llenar formato de datos generales de cada una de las personas que intervengan en la operación.





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