Es una modalidad de la propiedad, en la que existirán varios dueños, cada uno de ellos con derechos de uso exclusivo (de un departamento, casa, oficina) y con los demás propietarios con derechos al uso común, sobre los elementos y partes del condominio que así se establezcan como podrían ser la caseta de vigilancia, los jardines, escaleras, etc.
Requisitos y documentación necesaria:
1. - Escritura de propiedad del inmueble en original.
2. - Manifestación de construcción tipo B o C y/o licencia de construcción especial en su caso, con sus respectivas autorizaciones de uso y ocupación; o a falta de éstas la constancia de regularización de construcción.
3. - La descripción de cada unidad de propiedad privativa; número, ubicación, colindancias, medidas, áreas y espacios para estacionamiento de uso exclusivo, si los hubiera e indiviso que le corresponde.
4. - El establecimiento de zonas, instalaciones o adecuaciones para el cumplimiento de las normas establecidas para facilitar a las personas con discapacidad, el uso del inmueble.
5. - El valor nominal asignado a cada unidad de propiedad privativa y su porcentaje de indiviso en relación con el valor total del inmueble.
6. - El uso y las características generales del condominio y uso y destino de cada unidad de propiedad privativa.
7. - La descripción de las áreas y bienes de uso común, destino, especificaciones, ubicación, medidas, componentes y colindancias y todos aquellos datos que permitan su fácil identificación, y en su caso, las descripciones de las áreas comunes sobre las cuales se puede asignar un uso exclusivo a alguno o algunos de los condóminos y, en este caso, las reglas para dichas asignaciones.
8. - Los casos y condiciones en que pueda ser modificada la escritura constitutiva del régimen del condominio y el reglamento interno.
9. - La obligación de los condóminos de contratar póliza de seguro, con compañía legalmente autorizada para ello (terremoto, inundación, explosión, incendio y con cobertura contra daños a terceros), cubriéndose el importe de la prima en proporción del indiviso que corresponda a cada uno de ellos.
10. - El reglamento interno del condominio, el cual no deberá contravenir las disposiciones de la Ley del Régimen de Propiedad en Condominio, su reglamento y otros ordenamientos jurídicos aplicables.
11. - Las memorias técnicas, planos generales y los planos tipo de cada una de las unidades de propiedad privativa, correspondientes a las instalaciones hidráulicas, eléctricas, estructurales, gas y áreas comunes cubiertas y descubiertas, así como jardines, estacionamiento, oficinas, casetas, bodegas, subestaciones y cisternas.
12. - Boletas y recibos de pago por servicio de agua del inmueble (últimos cinco años).
13. - Boletas y recibos de pago de impuesto predial (últimos cinco años).
14. - Acta de matrimonio de los otorgantes.
15. - Identificación oficial de los otorgantes (credencial de elector, pasaporte, cédula profesional).
16. - Cédula del Registro Federal de Contribuyentes de las partes (RFC).
17. - Clave Única de Registro de Población de las partes (CURP).
18. - Si alguna de las personas que intervengan en la operación es extranjera, deberá acreditar su legal estancia en el país con su FM2, FM3 o tarjeta de residencia.
19. - En caso de acudir en representación de una persona física o moral, presentar poder notarial.
20. - Llenar formato de datos generales de cada una de las personas que intervengan en la operación.
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