DONACIÓN DE ÓRGANOS
DONACIÓN DE ÓRGANOS
Es la declaración unilateral de la voluntad de carácter libre y revocable por la que una persona llamada donador (disponente originario), manifiesta su consentimiento de manera expresa para la disposición de sus órganos, tejidos y/o células, ya en vida o para después de su muerte, para fines de trasplante, terapéuticos, docencia, investigación o cualquier otro permitido por la ley, en la cual podrá establecer que ésta se haga en favor de determinadas personas así como las circunstancias de modo, lugar y tiempo y cualquier otra condición.
El escrito por el que la persona exprese no ser donador, podrá ser privado o público, y deberá estar firmado por éste, o bien, la negativa expresa podrá constar en alguno de los documentos públicos que para este propósito determine la Secretaría de Salud en coordinación con otras autoridades competentes.
 
Requisitos y Documentación necesaria:
1. - Identificación oficial del donante (credencial del elector, pasaporte, cédula profesional)
2.- Acta de nacimiento del donante en original
3.- Acta de matrimonio del donante en original
4.- Cédula del Registro Federal de Contribuyentes (RFC)
5. - Clave Única de Registro de Población (CURP)
6. - Si alguna de las partes es de nacionalidad extranjera deberá acreditar su legal estancia en el país con  su FM2, FM3 o tarjeta de residencia
      7. - Llenar formato de datos generales de cada una de las personas que intervengan en la operación
8. - Llenar formato de datos de la operación.





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