Acto jurídico por el cual dos o más sociedades mercantiles se constituyen en una única sociedad mediante la transmisión en bloque de su activo, pasivo y capital, entregándose acciones o participaciones de la sociedad resultante a los socios de las sociedades fusionadas.
La fusión puede presentarse de dos formas:
Fusión por integración, que consiste en el acto jurídico por el cual se crea una nueva sociedad a partir de la unión de dos o más sociedades.
Fusión por incorporación, es el acto jurídico por el cual una o varias sociedades se incorporan a otra ya existente.
Requisitos y documentación necesaria:
1. - Identificación oficial de las partes (credencial de elector, pasaporte, cédula profesional)
2.- Cédula del Registro Federal de Contribuyentes (RFC)
3. - Clave Única de Registro de Población (CURP)
4. - Si alguna de las personas que intervengan en la operación es extranjera deberá acreditar su legal estancia en el país con su FM2, FM3 o tarjeta de residencia.
5.- En caso de acudir en representación de una persona física o moral, presentar poder notarial.
6. - Llenar formato de datos generales de cada una de las personas que intervengan en la operación.
7. - Otros requisitos:
· Acta Constitutiva, todas aquellas actas de asambleas en las que se determinen cambios a los estatutos sociales y aumento o disminución de capital; así como la constancia de inscripción en el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras o el último Informe Económico Anual, para el caso de contar con capital social extranjero.
· Acta de Asamblea General Extraordinaria en la que se resuelva la fusión de la sociedad para su inscripción en el Registro Público de Comercio de esta capital.
· Deberán realizar de las publicaciones correspondientes en el Periódico Oficial, de la resolución de fusión, de su último balance, y del sistema establecido para la extinción de su pasivo y presentar comprobante de las mismas.
· En caso de oposición por parte de algún acreedor a la fusión, la sentencia que haya causado ejecutoria que declare que la oposición es infundada.
· Una vez que surta efectos la fusión se deberá solicitar del Registro Público de Comercio la cancelación de la inscripción de las sociedades fusionadas.
8. - Llenar formato de datos de la operación.
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