Es el procedimiento que se lleva a cabo cuando por motivo del fallecimiento de una persona que no otorgó testamento, se designan como herederos universales a las personas que establece la ley.
Requisitos y documentación necesaria:
1.- Acta de defunción
2.- Acta de matrimonio del difunto
3. - Acta de nacimiento de los presuntos herederos
4. - Se requerirá la presencia de dos testigos nombrados por los presuntos herederos
5. - Inventario de todos los bienes, créditos y deudas.
6. - Escritura de propiedad del inmueble(s) en original
7. - Boletas y recibos de pagos de impuesto predial (últimos cinco años)
8. - Boletas y recibos de pagos por servicio de agua del inmueble (últimos cinco años)
9. - Identificación oficial de las partes (credencial de elector, pasaporte, cédula profesional)
10. - Cédula del Registro Federal de Contribuyentes de las partes (RFC)
11. - Clave Única de Registro de Población de las partes (CURP)
12. - Tratándose de inmuebles que se encuentren bajo el régimen de propiedad en condominio:
· Escritura de constitución del régimen de propiedad en condominio
· Reglamento del condominio
· Constancia de no adeudo de cuotas de administración
13. - Si alguna de las personas que intervengan en la operación es extranjera deberá acreditar su legal estancia en el país con su FM2, FM3 o tarjeta de residencia.
14. - En caso de acudir en representación de una persona física o moral, presentar poder notarial.
15. - En algunos casos es indispensable presentar alineamiento y número oficial, licencia de construcción y aviso de terminación de obra.
16. - Llenar formato de datos generales de cada una de las personas que intervengan en la operación.
17. - Llenar formato de datos de la operación.
 |
 |
|
 |
 |
| Bajar Formato Datos de Operación |
|
Bajar Formato Datos Generales |
|